La incapacidad laboral es una situación en que se puede encontrar una persona como consecuencia de una enfermedad o un accidente que le imposibilita para trabajar.
Existen varios tipos de incapacidad:
La temporal. La duración máxima es 12 meses (prorrogables otros 6 meses más), pudiendo en casos excepcionales conceder una prórroga extraordinaria de otros 180 días (demora de la calificación), en el cual el INSS determinará si da el alta o bien propone una situación de incapacidad permanente.
Si nos dan el alta y no estamos conformes porque consideramos que no estamos para trabajar podemos impugnar el alta médica y a su vez solicitar una incapacidad permanente a instancia nuestra (a instancia de parte).
Si nos vuelven a denegar la incapacidad permanente tendremos que interponer reclamación administrativa previa al INSS para lo cual dispondremos de un plazo de 30 días y en el caso de denegación de la reclamación administrativa tendremos que presentar demanda ante la jurisdicción social.
En el caso de tener que presentar demanda por incapacidad permanente es necesario contar con un informe pericial médico de valoración de dichas lesiones o patologías que padece el enfermo le impiden llevar a cabo su trabajo, y es conveniente que el perito médico vaya al acto del juicio a ratificar el mismo.
Debido a las particularidades de este procedimiento lo mejor es que desde el primer momento pregunte y se asesore por un despacho de abogados y acuda a un perito médico para que vea si es viable solicitar dicha incapacidad.