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Sentencia nº 235 del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Valencia de 23 de Julio de 2015, nulidad de adquisiciones preferentes.

Declaro la nulidad del contrato u orden de adquisición de acciones por OPV de fecha 19 de Julio de 2011 por importe de 2.000 euros.

Acuerdo la restitución recíproca de prestaciones entre las partes que fueron objeto del contrato, y en consecuencia, condeno a la demandada BANKIA S.A. a la devolución de la suma reclamada de 2.000 euros en concepto del principal más los intereses legales devengados desde la fecha de adquisición de las acciones, debiendo la parte actora reintegrar las acciones adquiridas en la OPV, con imposición de costas.

Letrada: Amparo Barrachina Coscolla

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