El Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Valencia, declara la nulidad del contrato de Participaciones Preferentes de Caja Madrid suscrito por una Sociedad Limitada y el posterior canje por acciones de la entidad. El Tribunal ha estimado dados los hechos probados, que BANKIA, no actuó con la diligencia que le era exigible a una entidad profesional experta, ya que la entidad no probó que proporcionara información suficiente sobre las Participaciones Preferentes objeto de litigio.
Letrada: Dª Mª Dolores Arlandis Almenar