El Juzgado de Primera Instancia nº7 de Valencia, en Sentencia dictada por la Juez de Adscripción Territorial, declara nulo el contrato de compraventa de Obligaciones Subordinadas 10ª Emisión, por valor de 300.000€, por considerar que concurrió error en el consentimiento de la demandante.
El empleado del Banco manifestó en el acto de juicio: «Si a la actora se le hubieran explicado los riesgos, primero, no lo entendería por el argot, y segundo, no lo hubiera contratado, se hubiera ido»
Letrado: Dª. Mª Dolores Arlandis Almenar
Archivo adjunto: sentencia arlandisabogadoscom.pdf