Un tropiezo en la acera o una caída producida por un defecto en la vía pública, por un defecto o un mal estado, una falta de señalización en caso de obras, etc puede dar lugar a una posible reclamación de responsabilidad patrimonial frente a la Administración
La jurisprudencia viene exigiendo para que exista responsabilidad patrimonial de la administración los siguientes:
Si se han producido lesiones será importante el informe pericial de un perito médico de valoración de daño corporal.
Para cuantificar el daño se acude al baremo de accidentes de circulación
Hay un plazo de un año para reclamar iniciándose el cómputo desde que se consolidan las lesiones
Es importante hacer fotos si se puede para acreditar el día y hora en que se produzco el accidente, si hay testigos coger los datos, si hay atestado, etc..
Lo mejor siempre acudir a un despacho de abogados lo antes posible para que le asesore.