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Nuevo delito laboral. Prisión por contratar a falsos autónomos

Autor:Dolores

Tras la LO 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, se introdujo en el art. 311 CP  (dentro de los delitos contra los derechos de los trabajadores), el apartado 2 al art. 311 del CP castigando con penas de 6 meses a 6 años y multa de 6 a 12 meses a :

2.º Los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa.

¿Cuánto ha entrado en vigor este nuevo tipo delictivo?

Entró en vigor el 12 de enero de 2023

¿Qué se pretende con la introducción de este delito?

Evitar los abusos y fraudes por parte de las empresas las cuales para evitarse el pago de la seguridad social del trabajador tenían a falsos autónomo bajo sus órdenes, con un horario, con dependencia, y con todas las características propias de toda relación laboral por cuenta ajena.

Lo que se protege son los derechos individuales y colectivos que toda contratación laboral garantiza al trabajador.

Derechos que son irrenunciables e indisponibles

¿Cómo será perseguido este delito?

Entendemos que como cualquier delito, mediante denuncia o bien por parte de la Inspección de Trabajo que lo pueda comunicar a la Fiscalía.

Reunión-másqueabogados

No obstante hay que reflexionar acerca de qué conductas se penan, entendiendo que el derecho penal debe ser la ultima ratio y que lo que realmente se sancionen sean infracciones especialmente graves, acudiendo antes a sanciones administrativas que penales, por lo que habrá que ver cual es el recorrido de este nuevo delito y dejando en manos de los Juzgados la interpretación de esta norma.

Entendemos que habría que preguntarse el motivo de porqué el empresario utiliza estas fórmulas ajenas a la legalidad en vez de efectuar una contratación laboral, y atajar el problema en su origen, con políticas que puedan favorecer la contratación de trabajadores y que disminuyan o bonifiquen al 100% con un sistema progresivo por ganancias de la empresa y en determinados casos el pago de la cuota de la seguridad social del trabajador, soluciones que tendrían que consensuarse con todos, sindicatos, empresarios y el Estado.

Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)

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