Se trata de la deshumanización de las personas más vulnerables y cercanas a la víctima de violencia de género.
Con el objetivo de convertirles en un objeto para aumentar el dolor de la víctima, y provocarle un sentimiento de culpabilidad por no poder proteger a sus hijos o personas a su cargo.
Es la violencia ejercida por el maltratador sobre sus propios hijos o los hijos de sus parejas o exparejas para dañar, llegando incluso al extremo de asesinar, a los hijos para maltratar a la mujer, para asegurarse de que no se recuperen jamás.
Es una violencia secundaria a la víctima principal, que es la mujer.
Es a la mujer a la que se quiere dañar y el daño se hace a través de terceros.
El maltratador sabe que dañar, asesinar a los hijos/hijas, es asegurarse de que la mujer no se recuperará jamás.
También se incluye como violencia vicaria la instrumentalización de otros colectivos vulnerables sujetos a la tutela o guarda y custodia de la mujer víctima de violencia de género.
Tales como las personas mayores, las personas con discapacidad o en situación de dependencia.
Esta ley supone un gran avance para los derechos de la infancia.
Una Ley que ha entrado en vigor hace sólo 5 días, el 25 de Junio de 2021, (20 días desde su publicación en el BOE).
Por lo que hay que tenerla en cuenta ya para su aplicación.
Solo habria que esperar al 1 de enero de 2022 (vacatio legis de 6 meses), en lo relativo a:
A) La formación específica de abogados y procuradores en materia de violencia sobre la infancia y la adolescencia.
B) designación urgente de letrado de oficio o de procurador en los procedimientos que se sigan por violencia contra menores de edad,
C) Deberes de información de los centros educativos y establecimientos residenciales,
D) implantar un sistema de monitorización y designación de un delegado de protección en entidades que realicen actividades deportivas o de ocio con menores de edad de forma habitual.
Los cambios más importantes que conlleva esta Ley son:
Proteger a la infancia y adolescencia en todos los ámbitos como:
Prevención, detección temprana, detección y recuperación
Estamos hablando ya del encaje legal de la violencia vicaria.
Por tanto debe entenderse como un tipo de violencia de genero a su vez protegida por la nueva ley de 2021, añadiendo al art. 1 de la LOPIVG un nuevo párrafo (el cuarto):
“4. La violencia de género a que se refiere esta Ley también comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero”
No hay excusa para no contemplar esta violencia como una clase de violencia de género, y proteger a los menores con medidas más contundentes.
Entre ellas órdenes de protección y alejamiento frente a cualquier situación que pueda resultar peligrosa para ellos.
Entre todos los operadores jurídicos, jueces, fiscales, oficinas de ayuda a las víctimas, abogados, así como no jurídicos, psicólogos, médicos, sanitarios, etc. tenemos la obligación de hacer todo lo posible para intentar dar un apoyo a las víctimas y a los menores y familiares que se puedan ver afectados, todos tenemos que implicarnos, para erradicar este tipo de violencia.