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La violencia vicaria

Autor:Dolores
¿Qué es?

Se trata de la deshumanización de las personas más vulnerables y cercanas a la víctima de violencia de género.

Con el objetivo de convertirles en un objeto para aumentar el dolor de la víctima, y provocarle un sentimiento de culpabilidad por no poder proteger a sus hijos o personas a su cargo.

Es la violencia ejercida por el maltratador sobre sus propios hijos o los hijos de sus parejas o exparejas para dañar, llegando incluso al extremo de asesinar, a los hijos para maltratar a la mujer, para asegurarse de que no se recuperen jamás.

Es una violencia secundaria a la víctima principal, que es la mujer.

Es a la mujer a la que se quiere dañar y el daño se hace a través de terceros. 

El maltratador sabe que dañar, asesinar a los hijos/hijas, es asegurarse de que la mujer no se recuperará jamás.

También se incluye como violencia vicaria la instrumentalización de otros colectivos vulnerables sujetos a la tutela o guarda y custodia de la mujer víctima de violencia de género.

Tales como las personas mayores, las personas con discapacidad o en situación de dependencia.

La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia

Esta ley supone un gran avance para los derechos de la infancia.

Una Ley que ha entrado en vigor hace sólo 5 días, el 25 de Junio de 2021, (20 días desde su publicación en el BOE).

Por lo que hay que tenerla en cuenta ya para su aplicación.

Solo habria que esperar al 1 de enero de 2022 (vacatio legis de 6 meses), en lo relativo a:

A) La formación específica de abogados y procuradores en materia de violencia sobre la infancia y la adolescencia.

B) designación urgente de letrado de oficio o de procurador en los procedimientos que se sigan por violencia contra menores de edad,

C) Deberes de información de los centros educativos y establecimientos residenciales,

D) implantar un sistema de monitorización y designación de un delegado de protección en entidades que realicen actividades deportivas o de ocio con menores de edad de forma habitual.

Cambios y modificación de la Ley de violencia de género (LOPIVG)

Los cambios más importantes que conlleva esta Ley son:

Proteger a la infancia y adolescencia en todos los ámbitos como:

Prevención, detección temprana, detección y recuperación

violencia vicaria

Estamos hablando ya del encaje legal de la violencia vicaria.

Por tanto debe entenderse como un tipo de violencia de genero a su vez protegida por la nueva ley de 2021, añadiendo al art. 1 de la LOPIVG un nuevo párrafo (el cuarto):

“4. La violencia de género a que se refiere esta Ley también comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero”

Responsabilidad en su aplicación

No hay excusa para no contemplar esta violencia como una clase de violencia de género, y proteger a los menores con medidas más contundentes.

Entre ellas órdenes de protección y alejamiento frente a cualquier situación que pueda resultar peligrosa para ellos.

Entre todos los operadores jurídicos, jueces, fiscales, oficinas de ayuda a las víctimas, abogados, así como no jurídicos, psicólogos, médicos, sanitarios, etc. tenemos la obligación de hacer todo lo posible para intentar dar un apoyo a las víctimas y a los menores y familiares que se puedan ver afectados, todos tenemos que implicarnos, para erradicar este tipo de violencia.

Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)

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