Blog Jurídico

El Proceso monitorio civil

Autor:Dolores

Se trata de un procedimiento que permite cobrar deudas dinerarias sin necesitad de vista, salvo que el deudor se oponga.

Es un procedimiento muy usado por los bancos, las financieras, comunidades de propietarios, entre otros.

Comienza con una demanda o solicitud inicial donde se reclaman deudas líquidas, determinadas, vencibles y exigibles de cualquier cuantía, una vez admitida por el Juzgado el mismo dicta una Resolución requiriendo de pago al deudor, el cual en 20 dias hábiles puede pagar u oponerse a la deuda.

Para presentar la solicitud inicial de procedimiento monitorio no es necesario abogado y procurador, (aunque si muy conveniente), salvo en caso de oposición en el cual si es necesario abogado y procurador.

Una vez que el deudor recibe la demanda de monitorio puede ocurrir:

  • Que pague voluntariamente, en cuyo caso se concluye.
  • Que no pague voluntariamente y deje trascurrir el plazo de contestación u oposición al monitorio, en cuyo caso el demandante una vez dictado Resolución que ponga fin a dicho procedimiento tendrá que iniciar proceso de ejecución forzosa de pago contra el deudor (ahora ejecutado), en el cual es necesario abogado y procurador y solicitar embargo de sus bienes.
  • Contestar u oponerse en plazo (con abogado y  procurador si la cuantía de la deuda es mayor de 2000 €), en cuyo caso se archivará el monitorio y el procedimiento se transformará en ordinario (cuantías superiores a 6000 €) o verbal (inferior a 6000 €)

Tanto si te deben dinero como si te llega una demanda de monitorio, lo mejor es acudir inmediatamente a un despacho de abogados, bien para evitar en caso del acreedor que prescriba esa deudas y presentar una demanda desde el comienzo con un asesoramiento por parte de un profesional, y si eres deudor para oponerse, bien porque no se deba la deuda, porque está pagada o bien porque existen cláusulas abusivas por lo que lo mejor es que si se recibe una demanda de monitorio acudir inmediatamente a un abogado.

Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para analizar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de sus hábitos de navegación. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de sus datos para estos propósitos. Más informaciónPersonalizar Cookies   
Privacidad