En primer lugar dentro del juicio penal el procedimiento abreviado es donde se enjuician delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cualquiera que sea su cuantía o duración. (art. 757 LECRIM).
Una vez que ha concluido la fase de instrucción y se dicta el Auto de Apertura de Juicio Oral, se dará plazo para que la acusación (Bien la acusación particular y el Ministerio Fiscal) formulen escrito de conclusiones provisionales (lo que comúnmente se llama escrito de acusación), notificando dicho escrito al abogado de la defensa para que pueda formular su escrito de defensa en el plazo de 10 días hábiles.
Una vez presentados todos estos escritos, se fijará un día para el juicio oral penal
Dentro de la Sala en el centro estarán sentados el Juez y el Secretario Judicial, a la derecha de juez el Ministerio Fiscal y a su lado la acusación particular si la hubiere.
A la izquierda del juez estará sentado el Letrado de la Defensa.
Sentado en frente del Juez estará el acusado.
Los testigos y peritos irán entrando en la sala a declarar por orden que sean llamados por el funcionario del Juzgado.
En primer lugar el juicio penal comienza con la lectura resumen de los escritos de acusación, el Juez o Tribunal informa al acusado de sus derechos constitucionales (no declarar, no confesarse culpable, responder únicamente a las preguntas formuladas por su defensa).
El acusado deberá manifestar si va a prestar o no declaración, responder solo a sus preguntas, negarse a responder las preguntas de la acusación particular, etc.
Seguidamente se comenzará exponiendo cuestiones previas por las partes, comenzando por el fiscal y acusaciones y por último la defensa. Consistentes en resolver cuestiones sobre alegaciones consistentes en proponer nuevas pruebas, alegar vulneración de derechos fundamentales, y otras cuestiones que tienen que alegarse antes del comienzo del juicio.
Posteriormente se pasará a la práctica de la prueba, que se inicia con el interrogatorio del acusado, preguntando tanto el juez como el abogado de la acusación, Fiscal y el abogado de la defensa (por este orden), una vez que declare deberá permanecer en la Sala hasta que el juicio acabe.
A continuación irán entrando y declarando los testigos que han sido propuestos por el Fiscal, acusación particular y defensa (por este orden)
Y por último los peritos si los hubiera
Una vez finalizada la prueba testifical y pericial el Juez preguntará al Fiscal, acusación y defensa si mantienen o modifican los escritos de acusación o de defensa. (sus escritos de conclusiones provisionales)
Si las mantienen en ese momento dirán la frase “a definitivas”.
Y se pasará a formular el informe oral (se trata de un resumen en el que cada parte, por el orden de Ministerio Fiscal, Acusación y Defensa), expondrán sus alegatos defendiendo sus posturas.
Finalmente el Juez o Tribunal concederá la última palabra al acusado, pudiendo o no hacer uso de ella, quedando el juicio visto para Sentencia.