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Despido por cierre de la empresa

Autor:Dolores

El cierre de la empresa bien por jubilación o por problemas económicos es un temor que tienen los trabajadores que pueden ver peligrar su trabajo.

Ante esta circunstancia, hay que indicar que el trabajador tiene derecho a una indemnización por despido.

Aunque los motivos por los que una empresa puede cerrar pueden ser varios en este artículo nos vamos a centrar en los económicos.

Cierre de la empresa por causas económicas.

En el caso de que una empresa se declare insolvente y acredite sus problemas económicos puede hacer despidos objetivos.

Dichos despidos conllevan una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

La empresa tiene que entregar una carta de despido a los empleados y cumplir una serie de formalidades.

despido por causa económica

Desde nuestro despacho siempre recomendamos que esta carta se ponga “NO CONFORME” y se acuda inmediatamente a un abogado laboralista que pueda supervisar si es correcto o no, y si hay sospechas que la empresa puede o no ser solvente y se escuda en un despido por causas económicas.

¿Qué ocurre si la empresa no paga y se declara insolvente o presenta un concurso de acreedores?

El trabajador siempre contará con el apoyo del Fondo de Garantía Salaria (FOGASA).

Pero para poder reclamar al FOGASA antes habrá tenido que demandar judicialmente a la empresa y haber obtenido sentencia o decreto de insolvencia y si puede ser el certificado del administrador concursal.

Este procedimiento tiene algunas especialidades por lo que es muy recomendable que el trabajador acuda a un abogado desde el primer momento y que sea constante en su reclamación ya que no suelen ser procesos rápidos.

Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)

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