La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Asturias, revocando la de Primera Instancia, estima la acción de nulidad por error de vicio en el consentimiento prestado. La sentencia de Instancia había estimado la excepción de caducidad, planteado por Banco de Santander, sin embargo la Audiencia Provincial con estimación del Recurso de Apelación, señala que conforme a la nueva doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, la acción de nulidad no puede considerarse caducada y entrando en el fondo del asunto, estima la acción planteada con carácter principal en la demanda.
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Letrada. Dª Maria Dolores Arlandis Almenar