Nos vamos de vacaciones volvemos a nuestra vivienda y nos encontramos con que han cambiado la cerradura y nos la han “ocupado”, están viviendo desconocidos sin nuestro consentimiento.
Aunque nos “hierva la sangre” y el primer impulso sea entrar o tirar la puerta abajo y desalojarlos de nuestra casa, no lo debemos hacer.
Ya que será la autoridad judicial la encargada de intervenir.
No debemos amenazar, intimidar ni atacar a los ocupantes.
No podemos desalojarlos forzosamente, ni cambiar las cerraduras ni sabotearlas, ni dar de baja el agua y la luz.
Nos pueden denunciar penalmente por coacciones e incluso un delito de allanamiento de morada.
Primero paciencia y acudir a un abogado que pueda ayudarle para comenzar con los trámites legales.
Denuncia ante la policía, porque aunque los agentes no pueden desalojar el inmueble sin orden judicial si te ayudarán como efecto disuasorio para que los oKupas se marchen por sí solos.
Presenta lo antes posible demanda de desahucio ante los Tribunales, acreditando que eres el dueño o arrendador y que tienes un título que lo justifique (escrituras, contrato de alquiler), se les notificará a los Okupas dándoles el plazo de 5 días para que demuestren que ocupan legalmente la vivienda.
Al no poder demostrarlo se procede al lanzamiento inmediato, dependiendo de la carga de trabajo del Juzgado.
Una vez se produzca el lanzamiento si los okupas continúan en la vivienda entonces la policía si podrá sacarlos, y tú cambiar la cerradura.
Se puede pedir una indemnización por la vía civil o bien por daños por la vía penal, será su abogado quien le asesore llegado el momento