Efectivamente desde el pasado 30 de Abril de2021, los más de 3.000 notarios repartidos en España podrán encargarse del Expediente matrimonial que antes era competencia exclusiva de los Registros Civiles de la localidad de los futuros contrayentes.
La labor del Notario será la misma que venían desarrollando los funcionarios del Registro Civil.
Es decir, el Notario como funcionario público y autoridad reconocida, deberán comprobar:
Que los futuros contrayentes tienen capacidad para contraer matrimonio;
Que no existen impedimentos, tales como que sean menores de edad (salvo los emancipados), o que estén casados con otras personas; o, en su caso, la posible dispensa de los impedimentos.
Así mismo, deberán asegurarse que no se trata de un matrimonio simulado.
Además, determinarán el régimen económico aplicable al matrimonio y la vecindad civil de los contrayentes.
Hay que destacar que esta nueva norma refuerza la categoría de autoridad en el Notario que ya había introducido en su día la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria de Julio de 2015.
Y recordar que con la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria los Notarios también pueden celebrar bodas.
Incluso casar parejas en peligro de muerte.
El precio medio de una boda ante Notario oscila entre 100 y 160 euros.
Todo depende, por ejemplo, de si el notario se tiene que desplazar, si la boda se celebra en día festivo o laborable…lo que también animará a más de uno a celebrar su boda ante Notario.
La documentación necesaria para casarse ante Notario es la siguiente:
El tramite dura aproximadamente dos meses, algo menos si es el mismo Notario el que tramita el Expediente previo matrimonial.