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¿Qué ocurre si uno de los padres se niega a poner la vacuna del covid a su hijo?

Autor:Dolores

Últimamente y como consecuencia de la vacunación del covid de menores de 18 años sobre todo adolescentes están surgiendo problemas sobre todo en padres divorciados en los casos en que uno de ellos se niega a vacunar a su hijo.

¿Qué pasa en estos casos?

Lo que ocurre en este caso es una discrepancia en el ejercicio de la patria potestad y serán los Jueces y Tribunales quienes tendrán que decidir teniendo en cuenta siempre el interés del menor.

Se trata de una discrepancia que hoy en día es muy frecuente y que está llegando a los despachos de abogados y que está provocando un aumento de demandas.

Sin embargo las discrepancias en relación a la vacunación de los menores así como otras discrepancias en relación a la patria potestad no son temas nuevos.

Y todas tienen que dilucidarse a través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, por lo que es muy recomendable acudir a un despacho de abogados para asesorarse.

Vacuna covid niños

¿Qué criterio siguen los jueces?

Los jueces siguen el criterio del favor filii o interés superior del hijo,

Así el artículo 2.1 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor declara que todo menor tiene derecho a que su interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que le conciernan.

La jurisprudencia

Los jueces ya se han pronunciado en varios autos y siempre a favor de la vacunación del menor por razones médicas.

Así nos encontramos con un caso similar por vía de jurisdicción voluntaria a raíz de la solicitud del padre de los menores, divorciado, para que los niños siguiesen el programa de vacunación infantil vigente en España. El menor de siete años, nunca había sido vacunado; el mayor, de 11, sólo en dos ocasiones. 

El Auto 129/2019, de 22 de Julio, dictado por la Audiencia Provincial de Pontevedra en el que  su fallo reconoce que los padres tienen la libertad para decidir vacunar a sus hijos o no. La cuestión reside en conocer cómo actuar en los casos donde los padres no se ponen de acuerdo. Para resolver la cuestión, el tribunal recuerda que la Organización Mundial de la Salud ha asegurado en multitud de ocasiones que las vacunas son seguras. “Es mucho más fácil padecer lesiones graves por una enfermedad prevenible mediante vacunación que por una vacuna” cita el fallo. 

Por ello, el tribunal concluye que las vacunas no solo no causan perjuicio, sino que sus beneficios “son innegables tanto a nivel individual como poblacional”. 

Mª Dolores Ortiz Bermejo (Abogada)

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