El turno de oficio es un servicio, organizado por los colegios de abogados, prestado por abogados y procuradores, a ciudadanos en dos situaciones:
Deberá solicitarlo a través del SOJ (Servicio de Orientación Jurídica)
Hay muchos tópicos y mentiras sobre el turno de oficio, vamos a ir desbancando algunas de ellas.
1º.- El abogado del turno de oficio es joven e inexperto.
La media de edad de los abogados del turno de oficio es de 41 años, 13 de experiencia y una formación mínima de 3 años. En más de un 60% de los casos su edad oscila entre 35-54 años.
El 51% tienen una experiencia entre 10 y 20 años. Siendo la media de 13 años de ejercicio.
2º.- Los abogados no tienes mucha formación, es un servicio de poca calidad.
Para acceder al turno de oficio es necesario un mínimo de 3 a 4 años de ejercicio así como una formación específica y especialización. (Escuela de Práctica Jurídica aprobando el examen correspondiente o bien el Master de abogacía)
3º.- El tiempo que dedican a los asuntos
Los abogados del turno de oficio dedicarán a su asunto el tiempo que sea necesario, recuerde que tanto sea abogado privado como del turno está sujeto a los mismos plazos marcados por la ley y los Juzgados y está sometido a las mismas reglas.
4º.- El abogado privado es mejor que el del turno
Es como preguntar si el médico privado es mejor que el de la seguridad social o viceversa.
El abogado es el mismo, tanto asista por el turno de oficio como privado.
De hecho los casos que un abogado lleva por turno de oficio no suponen la mayoría de sus ingresos, ya que los ingresos del turno de oficio son ínfimos y ridículos.
Ten en cuenta que en el turno de oficio te asisten abogados con auténtica vocación, sino no estarían ya que económicamente muchas veces no es rentable.
5º.- El abogado de oficio es siempre gratis.
El abogado lo pagará el Estado siempre que el justiciable tenga el beneficio de justicia gratuita, es decir el ciudadano tiene que justificar que sus ingresos económicos son inferiores a lo establecido en el baremo de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.
Para ello tendrá que presentar documentación económica en el SOJ o bien autorizar que el SOJ pueda consultar sus datos económicos para comprobar si tiene o no derecho a la Justicia gratuita.
Por tanto el abogado de oficio no siempre es gratis.
En el caso de que denieguen la justicia gratuita el abogado lo paga el cliente.
Por último y desde masqueabogados nuestro gran reconocimiento a los compañeros y compañeras del turno de oficio que a cambio de la insignificante remuneración económica recibida por el Estado luchan y pelean en los Tribunales defendiendo los derechos de los justiciables con gran profesionalidad y vocación.
Mª Dolores Ortiz Bermejo (abogada) (Privada y del turno de oficio)