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Cláusula nula en los contratos de agencia inmobiliaria

Autor:Dolores

Casi todos nosotros en alguna ocasión nos vemos en la necesidad de contratar los servicios de un agente inmobiliario.

Ya sea para comprar, para alquilar, para vender… En algún momento de nuestra vida hemos realizado alguna de estas operaciones.

Y en la mayoría de los casos hemos acudido a un Agente inmobiliario API, para que se encargara de la gestión ya fuera venta, compra o alquiler.

Cláusula abusiva

Es frecuenta que entre otras cláusulas, nos encontremos en la Hoja de Encargo redactada por la Inmobiliaria, en los casos de compraventa de un inmueble, con una cláusula que bien a decir lo siguiente:

…”Que las personas que visiten el inmueble reconocían y aceptaban los honorarios, un 3% del precio de la venta con un mínimo de 3.000 euros, y estos debían abonarse «en caso de adquirir o arrendar la finca».

Es decir, la Inmobiliaria se garantiza que desde el momento de la contratación y respecto de todos los clientes potenciales que visiten la propiedad , (sin perjuicio de quien cierre la operación final de compraventa), la Agencia siempre percibirá unos honorarios, como mínimo de 3.000 Euros.

contratos de agencia inmobiliaria
Caso concreto

En el caso al que me refiero el cliente solicitó los servicios de una inmobiliaria para la compra de una vivienda.

Pero el cliente con posterioridad entró en tratos directos con el propietario de una de las viviendas, y compró directamente con la propiedad al margen de la intervención de la Agencia.

La Agencia le exigió el pago de sus honorarios en base a la mencionada cláusula.

Jurisprudencia

Hay ya numerosas Sentencias que declaran que esa cláusula no es negociada con el cliente, que es abusiva pues supone un desequilibrio en las obligaciones entre las partes, y que darse por no valida. Por no puesta en el contrato.

En un Auto, entre otros, de la Audiencia Provincial de Cádiz se declara nula una cláusula de honorarios de una agencia inmobiliaria por considerarla poco transparente, ni ser informada ni consensuada personalmente con el cliente. 

Los magistrados no aceptan que el cliente muestre su conformidad en pagar a la agencia en caso de adquirir la propiedad, por cualquier vía y en cualquier momento, sólo por visitar la casa y firmar un documento con el agente. 

La cláusula resulta abusiva al no establecer obligación alguna de la agencia para con el comprador.

Rosalia Pensado

Abogada y Mediadora

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