Hola,
hoy han comunicado a mi mujer verbalmente que la empresa en la que trabaja cierra, es una inmobiliaria así que no parece extraño, verdad? Convenio: Oficinas y despachos.
No tienen representación legal y el jefe le ha dicho que intenta acordar con cada trabajador 12dias x año pagados x la empresa + 8 días Fogasa, aunque no tienen claro que puedan pagar a todos los 12 días. Le ha pedido que se lo piense y que le de una respuesta mañana.
Me gustaría saber:
- ¿Hay diferencia en cuanto a derechos del trabajador si el cierre es por quiebra, suspensión de pagos, u otra fórmula?
- ¿Qué procedmiento debe llevar legalmente la empresa?: cómo y cuándo debe preavisar, cómo justificar las causas, qué debe aparecer en la carta de despido....?
- ¿Qué ocurre si la empresa no paga esos doce días? Cómo y plazos para reclamar/demandar?
- ¿Qué incumplimientos se tendrían que dar para que fuera declarado despido improcedente?
- ¿Qué debemos hacer si la llega al acuerdo de 20 dias (12+

pero la empresa no paga el salario del último mes?
En realidad, son muchas dudas. Espero vuestra respuesta.
Muchísimas gracias.